Oposiciones a Policía Local

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  • Preparamos concienzudamente la prueba de personalidad
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    El Cuerpo de la Policía Local

    Los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad de Madrid pertenecen a las Fuerzas de Seguridad y son institutos armados de naturaleza civil que desarrollan su actividad en el municipio donde pertenezcan. En algunos municipios de la Comunidad de Madrid, como en la Villa de Madrid o en Móstoles, adquiere la denominación de Policía Municipal por tradición histórica.

    Las funciones de un Policía Local o Municipal son distintas de las funciones de un Policía Nacional o un Guardia Civil, Cuerpos que pertenecen a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Se centran principalmente en la Seguridad Vial, dentro del ámbito de sus competencias; el cumplimiento de los Bandos, Ordenanzas y Reglamentos de la localidad; la custodia de edificios e instalaciones municipales y en coordinación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, cuestiones relacionadas con la Seguridad Ciudadana, especialmente las relacionadas con la Violencia de Género, la familia y los menores, etc

    Funciones de la Policía Local

    Las funciones más importantes que realiza un funcionario de Policía Local son las siguientes: de Seguridad (protección, vigilancia y custodia de sus autoridades, edificios e instalaciones); de Tráfico y Seguridad Vial (ordenación del tráfico y atestados policiales por accidentes de circulación); de Policía Administrativa (informar, vigilar, hacer cumplir y sancionar, en su caso, el incumplimiento de Ordenanzas, Bandos y demás disposiciones); de Policía Judicial, de Protección Civil, etc.

    Nuestra academia para la preparacion de oposiciones Centro de Estudios Madrid prepara el acceso en cualquiera de los municipios que pertenecen a la Comunidad de Madrid, incluyendo Mostoles, Alcorcon, Leganes, Parla, Fuenlabrada y Getafe, haciendo especial hincapié, por su importancia, en los procesos selectivos que se convocan en el municipio de Madrid Capital. La preparación es completa y abarca las siguientes temáticas: la prueba psicotécnica y de personalidad, la preparación de las pruebas de conocimientos y de idioma y. la preparación física.

    La estructura de un Cuerpo de Policía Local en cualquier municipio estará supeditada a la población existente y a sus necesidades, y su creación estará sujeta a las condiciones establecidas en la Ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (Ley 2/1986, de 13 de marzo), en la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local (Ley 7/1985, de 2 de abril), en la Ley de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid (Ley 1/2018, de 22 de febrero) en nuestro caso, en el Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid (Decreto 112/1993, de 28 de octubre) y en los Reglamentos específicos de los Cuerpos de Policía Local de cada municipio.

    En el Título V de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad vienen reguladas las funciones de las Policías Locales haciendo referencia de la posibilidad de crear en los municipios Cuerpos propios de Policía, de acuerdo con lo referido en esta Ley, en la Ley de Bases de Régimen Local y en la legislación autonómica. Todas las funciones que realizan estos Cuerpos de Policía Local vienen especificadas posteriormente en artículos sucesivos de esta misma ley

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    Asegura tu futuro con nosotros

    En la Comunidad de Madrid, La Dirección General de Seguridad e Interior se encarga de las funciones de formación de los Cuerpos de Policía Local. En estos momentos, existe un Convenio de colaboración entre el Ministerio del Interior y la Comunidad de Madrid para la realización de los cursos selectivos de formación de los Cuerpos de Policía Local en la Escuela Nacional de Policía de Ávila.  En nuestra academia de oposiciones preparamos el acceso al Cuerpo de Policía Local de cualquiera de los múltiples municipios que cuentan con Cuerpo de Policía Local, tomando como referencia el municipio de Madrid por su importancia y relevancia en nuestra región

    Centro de Estudios Madrid, como academia de oposiciones, lleva veinte años preparando para el acceso a los Cuerpos de las diferentes Policías Locales de los municipios que conforman la Comunidad de Madrid, teniendo como referencia el municipio de Madrid  por su importancia. Teniendo en cuenta la legislación aplicable para una convocatoria de cualquier Cuerpo de Policía Local que pertenezca a la Comunidad de Madrid, la Ley de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad Autónoma de Madrid y el Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid, harán de referencia genérica para los procesos selectivos, y como referencia principal serán las bases específicas de cada municipio.

    Los funcionarios de Policía de los Cuerpos de Policía Local en la Comunidad de Madrid, están encuadrados en la Escala de administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, clase Policía Local, categoría de Policía y pertenecen al Grupo C, Subgrupo C1

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    Sobre nuestra academia de oposiciones a Policía Local

    En nuestra academia de oposiciones, disponemos de horarios flexibles, temarios actualizados y profesorado especializado, orientado a la superación de: las pruebas psicotécnicas y de personalidad (con evaluaciones de todo tipo de perfiles y de cuestionarios de diversa índole), de la prueba de conocimientos y de idioma (con temarios y ejercicios actualizados basados en el programa descrito en las bases de las convocatorias y del nivel A2 de idioma extranjero exigido en el Marco Europeo de Referencia) y de las pruebas físicas (realizadas en el polideportivo) con profesores cualificados en educación física y de dilatada experiencia en los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad.

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    Poder formar parte de cualquier Cuerpo de Policía Local es sencillo. Solamente hay que prepararse concienzudamente, esperar cualquiera de las convocatorias que se pongan en marcha y de esta manera conseguir el objetivo propuesto: ser Policía Local y ejercer tu profesión en cualquiera de los numerosos municipios de la Comunidad de Madrid que cuentan con Cuerpos de Policía Local propios.

    Requisitos necesarios

    Teniendo en cuenta las premisas anteriormente citadas, si el aspirante posee la nacionalidad española, tiene entre 18 y 40 años, posee el título de ESO o equivalente, mide 170 cms si es hombre y 165 cms si es mujer y se cumplen con los requisitos físicos y de permisos de conducción exigidos, se puede acceder a cualquier proceso selectivo convocado por los municipios correspondientes y preparar con nosotros el ingreso en un Cuerpo de Policía Local de cualquier entidad local perteneciente a la Comunidad de Madrid

    Los requisitos generales son los siguientes

    Para la admisión a las pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

    • Tener nacionalidad española.
    • Tener dieciocho años de edad antes de que finalice el plazo de presentación de instancias, en virtud de lo establecido en el artículo 38.2 b) de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid.
    • Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de bachiller o equivalente, expedido con arreglo a la legislación vigente. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite, en su caso, la homologación.
    • Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las correspondientes funciones.
    • No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo o escala de funcionario en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
      Carecer de antecedentes penales.
    • Tener una estatura mínima de 170 centímetros los hombres y de 165 centímetros las mujeres.
    • Acreditar la aptitud física precisa mediante la presentación, en la fecha y lugar de realización de las pruebas físicas, de un certificado médico extendido en impreso oficial y firmado por un colegiado en ejercicio, en el que se haga constar expresamente que la persona aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realización de las pruebas físicas que figuran especificadas en las bases de las convocatorias, así como las determinaciones exigidas respecto a la talla.
    • Estar en posesión del permiso de conducir de la clase B o equivalente.
    • Declaración jurada de compromiso de portar armas y de utilizarlas en los casos previstos en la Ley.

    Información importante

    Los aspirantes deben reunir los requisitos establecidos en el apartado anterior el día en que finalice el plazo para la presentación de instancias de la correspondiente convocatoria, mantenerlos durante todo el proceso selectivo y acreditarlos con anterioridad a su nombramiento como funcionarios en prácticas, salvo el requisito de poseer el permiso de conducir de la clase B, que podrá acreditarse por los aspirantes antes de la finalización del curso selectivo de formación.

    Las bases de ingreso en los Cuerpos de policía local a través de la categoría de Policía podrán determinar una reserva de un máximo del 20 por 100 de las plazas convocadas para el acceso libre de militares profesionales de tropa y marinería con más de cinco años de servicio que cumplan los requisitos establecidos para el ingreso en estos. Las plazas reservadas no cubiertas se acumularán al resto de las convocadas.

    En las convocatorias de la categoría de Policía deberá reservarse un 20 por 100 de las plazas para su cobertura por miembros de esta categoría de otros Cuerpos de policía local de la Comunidad de Madrid, acumulándose las no cubiertas al resto de las convocadas.

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    Sistema selectivo

    Consta de las siguientes fases:

    Fase de Oposición

    Fase de Concurso

    Curso selectivo de formación y fase de prácticas

    Oposición

    Se incluirán en el concurso oposición libre, como mínimo, las pruebas siguientes, todas ellas de carácter eliminatorio:

    • Pruebas de carácter psicotécnico, que podrán incluir entrevistas personales y deberán orientarse al perfil profesional de los policías locales.
    • Pruebas físicas, adecuadas a la capacidad necesaria para las funciones a realizar.
    • Pruebas culturales, que incluirán conocimientos básicos de las funciones a desarrollar, de idiomas y del ordenamiento jurídico.
    • Un reconocimiento médico, orientado a la función policial a desempeñar.
    • La superación, en una única convocatoria, de un curso selectivo en el Centro de Formación Integral de Seguridad de la Comunidad de Madrid cuya duración no será inferior a un período lectivo de 625 horas o su equivalente en créditos ECTS.
    • La superación de un período de prácticas, cuya duración será de 6 meses, en el municipio respectivo. Vicepresidencia, Consejería de Presidencia, y Portavocía del Gobierno Ley 1/2018, de 22 de febrero Comunidad de Madrid.

    Concurso

    El concurso puntuará los conocimientos previos de interés profesional y los años de servicio prestados como agente auxiliar o agente de movilidad.

    Curso selectivo de formación y fase de prácticas

    Finalizada la fase de oposición y concurso y establecido el orden de los aspirantes con arreglo. a la puntuación obtenida, las personas aprobadas serán nombradas Policías «en prácticas», y pasarán a realizar el curso selectivo de formación y el período de prácticas, que tendrán una duración no inferior a un período lectivo de 625 horas o su duración equivalente en créditos ECTS el primero de ellos, y de seis meses, el segundo. Para aprobar las pruebas selectivas y obtener en consecuencia el nombramiento como funcionario/a de carrera, será necesario superar tanto el curso selectivo de formación como el período de prácticas.

    Reglamentariamente se fijarán las bases generales de las convocatorias, los programas de los temarios, los baremos de los concursos de méritos y los criterios a seguir para valorar objetivamente la superación de un período de prácticas.

    Sin perjuicio de lo establecido en los párrafos anteriores, el Centro de Formación Integral de Seguridad de la Comunidad de Madrid, podrá homologar, teniendo en cuenta los diferentes contenidos formativos, cursos de formación, de ascenso o promoción para las diferentes categorías, que, en tal caso podrán realizar los municipios que posean centros de formación de policías locales

    Calificación final de la fase de oposición

    La calificación final de la fase de oposición será la suma de las calificaciones finales obtenidas en las pruebas de naturaleza puntuable, quedando eliminados los aspirantes que no hayan superado cada una de las cuatro pruebas, estableciéndose en tal suma una ponderación consistente en que el resultado obtenido en la prueba de conocimiento suponga el 54% de la calificación final y el de las pruebas físicas el 46%.

    Superarán la fase de oposición los aspirantes que, habiendo aprobado todos y cada uno de los ejercicios de dicha fase, obtengan las calificaciones más altas hasta alcanzar como máximo el total de plazas convocadas o en su caso el total de las reservadas, sin que por tanto se pueda considerar que han superado la oposición, obtenido plaza o quedado en situación de expectativa de destino, los aspirantes que habiendo aprobado la fase de oposición no figuren incluidos en la relación propuesta por el Tribunal.

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    Centro de Estudios Madrid ha conseguido en estos veinte años de labor profesional como una de las mejores academias de oposiciones que fueran admitidos gran cantidad de alumnos en los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad Autónoma de Madrid, haciendo especial referencia al municipio de Madrid por su importancia dentro de la región, ya sea Mostoles, Alcorcon, Parla, Fuenlabrada, Leganés o Getafe

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