La pregunta de hoy va dirigidas a nuestros alumnos de Justicia.

Según el artículo 537 de la LECrim, en referencia a la libertad provisional del procesado, cuando los bienes de la fianza fueren del dominio del procesado, y aquél dejare de comparecer al llamamiento judicial o de justificar la imposibilidad de hacerlo, se realizará y adjudicará ésta al Estado:

  • a) Inmediatamente
  • b) En el término de cinco días
  • c) En el término de diez días

La respuesta a esta pregunta…mañana.

La solución a la pregunta anterior es…c)

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