La pregunta de hoy va dirigida a nuestros alumnos de Justicia.

Según el artículo 539 de la LEC, para la ejecución derivada de procesos monitorios en que no haya habido oposición, se requerirá la intervención de abogado y procurador siempre que la cantidad por la que se despache ejecución sea superior a:

  • a) 1.000 euros
  • b) 2.000 euros
  • c) 5.000 euros

La respuesta a esta pregunta…mañana.

La solución a la pregunta anterior es…b)

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