La pregunta de hoy va dirigida a nuestros alumnos de Justicia.
Según el artículo 539 de la LEC, para la ejecución derivada de procesos monitorios en que no haya habido oposición, se requerirá la intervención de abogado y procurador siempre que la cantidad por la que se despache ejecución sea superior a:
- a) 1.000 euros
- b) 2.000 euros
- c) 5.000 euros
La respuesta a esta pregunta…mañana.
La solución a la pregunta anterior es…b)
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