La pregunta de hoy va dirigida a nuestros alumnos de Justicia.

Según el artículo 560 de la LEC, sustanciación de la oposición por motivos de fondo, cuando se haya resuelto sobre la oposición a la ejecución por motivos procesales o éstos no se hayan alegado, el ejecutante podrá impugnar la oposición basada en motivos de fondo en el plazo de:

  • a) Tres días
  • b) Cinco días
  • c) Diez días

La respuesta a esta pregunta…mañana.

La solución a la pregunta anterior es…b)

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